domingo, 29 de mayo de 2011

Tortura y privación de la libertad

Los niños no serán sometidos ni a torturas ni a penas
crueles. Tampoco serán detenidos o privados de su
libertad ilegalmente. No se impondrá la pena capital ni
la cadena perpetua sin posibilidad de excarcelación a
menores de 18 años de edad. Los niños privados de su
libertad estarán separados de los adultos, a menos de
que se considere contrario al interés superior del niño.
Los niños privados de la libertad tendrán asistencia
jurídica y contacto regular con su familia.




Libertad: El Estado debe respetar el derecho de
los niños a la libertad de pensamiento, conciencia y
religión, de acuerdo con una orientación adecuada por
parte de sus padres. Los niños tienen derecho a
asociarse libremente y a vincularse a grupos en donde
puedan desarrollar sus capacidades e intereses.
Protección de la intimidad: Los niños tienen derecho a
que su espacio vital sea respetado contra cualquier
intromisión en su vida privada, su familia, su domicilio,
su correspondencia. Los niños tienen derecho a la
protección de su honra y reputación.



No hay comentarios:

Publicar un comentario