jueves, 26 de mayo de 2011

DERECHO A LA EDUCACIÓN.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la educación integral de la más alta calidad, orientada hacia el desarrollo de sus potencialidades y de las capacidades que contribuyan a su desarrollo personal, familiar y de la sociedad. Asimismo, deberán ser preparados para ejercer plenamente sus derechos ciudadanos, respetar los derechos humanos y desarrollar los valores nacionales y culturales propios, en un marco de paz, solidaridad, tolerancia y respeto.
-La educación básica es obligatoria y gratuita. Tanto los padres y madres como el Estado son responsables de garantizar los medios para que todos los niños y niñas completen su educación primaria básica.
- En ningún caso podrá negarse la educación a los niños, niñas y adolescentes alegando razones como: la ausencia de los padres, representantes o responsables, la carencia de documentos de identidad o recursos económicos o cualquier otra causa que vulnere sus derechos.
Art. 46.- GARANTÍAS DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN. Para el ejercicio del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes, el Estado y, en particular, la Secretaría de Estado de Educación, debe garantizar:
a) El acceso a educación inicial a partir de los tres años
b) La enseñaza básica obligatoria y gratuita;
c) La adopción de medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar;
d) La enseñanza secundaria, incluida la enseñanza profesional para todos los y las adolescentes;
e) Información y orientación sobre formación profesional y vocacional para todos los niños, niñas y adolescentes.

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